Despidos especiales: enfermedad, maternidad, accidente

mayo 6, 2011

1. Introducción

En el presente informe analizaremos el régimen legal vigente sobre los despidos especiales, así como también sus consecuencias prácticas, que debemos tener presente a la hora de despedir a un trabajador.

Partimos de la base que el despido es un modo de extinción de la relación laboral que mantienen hasta ese momento el empleador y el trabajador. Es decir, el empleador mediante el despido decide finalizar la relación laboral. Como consecuencia de ello, el trabajador deberá ser indemnizado. Dicha indemnización varía cuando estamos frente a un despido especial.

Los despidos especiales son aquellos que se producen en situaciones especiales, tales como enfermedad, maternidad y/o accidente de trabajo o enfermedad profesional. En el caso de los despidos especiales, el monto de la indemnización aumentará si el despido se produce dentro del conocido “período de protección del trabajador”, como veremos a continuación.

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1 comentario a “Despidos especiales: enfermedad, maternidad, accidente”

  1. Gabriel C dice:

    Estimados,muy buenos articulos publican,
    Les queria hacer una consulta en caso de que un trabajor este en el seguro de accidentes , y el BSE le da el alta, y la empresa cierra por razones economicas. Mi pregunta es la siguiente el trabajor hay que pagarle IPD simple por que la empresa cierra?
    Gracias

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