Responsabilidad de directores en casos de inoperancia de los órganos sociales

diciembre 2, 2011

6. Conclusión

Los directores son solidariamente responsables por los daños y perjuicios causados por su actuar en función del cargo que ostentan. La responsabilidad de éstos es personal, por lo que se deberán acreditar todos los elementos configurativos de la responsabilidad para su configuración respecto a cada uno de ellos.

El no haber tomado conocimiento del acto que cause responsabilidad o el simple hecho de no haber sido parte del mismo, no son causales suficientes para acreditar la exoneración de responsabilidad del director.

Éstos se exonerarán de responsabilidad en estos casos, cuando prueben su debida diligencia de un buen hombre de negocios tomando en cuenta la sociedad en que actúan, demostrando que hicieron todo lo que les fuera posible para impedir la producción del hecho que causó el perjuicio, así como todo lo posible para tomar conocimiento del mismo, y a pesar de su conducta diligente le fue imposible.

El actuar de los directores y su patrón de conducta de acuerdo a lo establecido en los artículos 83 y 391 deberán examinarse caso a caso para determinar si existe exoneración o no de responsabilidad.

Notas

  1. Art. 392 LSC.
  2. Halperin, Sociedades Anónimas, Ediciones Depalma Buenos Aires, Pág. 453.
  3. Rodrigo Uría, Derecho Mercantil, Vigésimo segunda edición, Marcial Pons, Pág. 329.
  4. Ricardo A. Nissen, Curso de derecho societario, 2ªedición, AD-HOC, Pág. 470.
  5. CNCom Sala B Jinkus, Gabriel c/Video Producciones internacionales S.A. y otros.
  6. Alejandro Miller, La responsabilidad solidaria de los directores, Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales a 20 años de su promulgación, Fundación de Cultura Universitaria, Pág. 586.
  7. Olivera García, Responsabilidad de los directores de las entidades de intermediación financiera, Anuario de Derecho Comercial XI, Pág 23.
  8. Alejandro Miller, La responsabilidad solidaria de los directores, Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales a 20 años de su promulgación, Fundación de Cultura Universitaria, Pág. 590.
  9. Olivera García, Responsabilidad de los directores de las entidades de intermediación financiera, Anuario de Derecho Comercial XI, Pág 29.

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Ponencia presentada por el Dr. Gussoni en la Jornada Académica Derecho Comercial 2011 – Resposnabilidad de directores en casos de inoperancia de los órganos sociales. Publicada en Tres Pilares del Moderno Derecho Comercial, Fundación de Cultura Universitaria, Pág. 127 a 133.

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