Documentos referentes a trabajo

Despidos especiales: enfermedad, maternidad, accidente

1. Introducción

En el presente informe analizaremos el régimen legal vigente sobre los despidos especiales, así como también sus consecuencias prácticas, que debemos tener presente a la hora de despedir a un trabajador.

Partimos de la base que el despido es un modo de extinción de la relación laboral que mantienen hasta ese momento el empleador y el trabajador. Es decir, el empleador mediante el despido decide finalizar la relación laboral. Como consecuencia de ello, el trabajador deberá ser indemnizado. Dicha indemnización varía cuando estamos frente a un despido especial.

Los despidos especiales son aquellos que se producen en situaciones especiales, tales como enfermedad, maternidad y/o accidente de trabajo o enfermedad profesional. En el caso de los despidos especiales, el monto de la indemnización aumentará si el despido se produce dentro del conocido “período de protección del trabajador”, como veremos a continuación.

Desayuno de Trabajo sobre Empresas Unipersonales y Profesionales Universitarios

El 16 de setiembre pasado realizamos un Desayuno de Trabajo sobre Empresas Unipersonales y Profesionales Universitarios.*

En éste, el Dr. Santeugini (especialista en temas laborales) analizó la contratación de empresas unipersonales y profesionales universitarios, analizando específicamente los riesgos previsionales y laborales que tienen estos tipos de contrataciones, así como la forma de disminuirlos.

Desayuno de Trabajo sobre Empresas Unipersonales y Profesionales Universitarios

* En ocasiones especiales organizamos eventos similares sobre temas de interés para clientes específicos. Por consultas, contáctenos aquí.

Primera Sentencia de Inconstitucionalidad sobre el nuevo proceso de Abreviación de Juicios Laborales

1. Proceso

La Ley 18.572 (en adelante La Ley), que entró en vigencia el 1º de febrero de este año, estableció un proceso especial para los juicios laborales, buscando dar una mayor celeridad a los mismos. A tal fin, fueron creados dos procedimientos para dichos reclamos, uno para los casos en los que el reclamo no supere los $81.000, denominado proceso de menor cuantía, y el otro, para las causas donde se exceda dicho monto.

A grandes rasgos, el proceso de menor cuantía tiene la particularidad de que la resolución dictada por el juez no puede ser apelada, resolviéndose el mismo en una única audiencia, en la que el demandado debe contestar la demanda en ese momento. Por su parte, para los procesos en los cuales el monto del reclamo excede el límite establecido en el párrafo anterior, si bien se admite la apelación, ésta tiene como condición necesaria depositar el 50% del monto total de la condena para que la misma sea procedente. Lea el documento completo »

Desayuno de trabajo: últimas modificaciones a las normas laborales en Uruguay

Tenemos el agrado de invitarlos al desayuno de trabajo que organizaremos el martes 24 de marzo de 2009 en nuestro estudio, para discutir las recientes modificaciones a las normas laborales en el Uruguay. Lea el documento completo »