Un convenio de accionistas es un acuerdo que pueden firmar todos o algunos de los accionistas de una SA o una SAS. Si bien no es legalmente obligatorio, es altamente recomendable para planificar y prever la forma de relacionamiento entre los accionistas de una sociedad.
En ciertos casos, la negociación y discusión de los temas a regular ha llevado a los futuros socios a no avanzar con la sociedad que tenían previsto generar, dado que les permitió darse cuenta de las diferencias que tenían antes de arrancar el negocio.
El momento ideal para firmar el convenio de accionistas es cuando se comienza con un emprendimiento, pero nada impide que se pueda celebrar en cualquier momento.
Si sos una empresa unipersonal, te podés convertir en SAS, incorporar nuevos accionistas y firmar un convenio de accionistas. Si sos socios de una SRL, la podés transformar en SAS para poder hacerlo.
Las cinco razones para tener un convenio de Accionistas:
- Administración, gobierno y toma de decisiones.
Tener claro cómo se integra el directorio de la sociedad, quién toma las decisiones de negocio en el día a día y para qué tipo de decisiones, tanto a nivel de directorio o asambleas, se van a requerir mayorías especiales que permitan a los minoritarios ser parte de esas resoluciones. Con el convenio el accionista minoritario además puede asegurar la designación de un integrante del directorio.
Sin convenio de accionistas, el accionista mayoritario designa el directorio y toma todas las decisiones, tanto a nivel del funcionamiento de la empresa, así como a nivel de la asamblea (salvo algún caso especial que requiere mayoría especial). El minoritario pasa a ser un mero accionista nominal.
- Distribución de utilidades.
Sin duda uno de los principales intereses de un accionista es recibir utilidades, que la sociedad decida el pago de dividendos. El convenio de accionistas es una herramienta útil para definir la política de utilidades de la sociedad, esto es, a fin del ejercicio económico o durante el mismo, cuánto se reparte a los accionistas, cuándo se reinvierte o cuánto se reserva. El tema de los dividendos es una de las principales fuentes de conflicto entre accionistas, tener acordado este tema y alineadas las expectativas es clave para evitar los reclamos.
El convenio también permite establecer una distribución de dividendos que no sea proporcional a la tenencia de acciones o dividendos preferidos. En empresas familiares, hermanos con igual cantidad de acciones pueden decidir que el hermano que lleva adelante la empresa reciba una mayor cantidad de dividendos.
Sin convenio de accionistas, existe una obligación legal de distribuir el 20% de las utilidades del ejercicio económico, pero puede quedar sin efecto si lo resuelve el 75% de las acciones con derecho a voto con resolución fundada. Esto significa que podría haber una distribución sólo del 20% de las utilidades a los accionistas o tal vez de cero si así lo resuelve el 75%.
- Transferencia de acciones y la venta de la empresa.
El convenio de accionistas puede prever que si un accionista quiere vender sus acciones, primero se las deba ofrecer al resto de los accionistas, así se evita el ingreso de terceros extraños a la sociedad (Opción preferente de compra).
Se puede pactar una obligación de venta conjunta de acciones por todos los accionistas, lo que permite vender la empresa mediante la transferencia del 100% del paquete accionario. Para proteger a los minoritarios, se puede establecer en esta cláusula un precio mínimo de venta.
La cláusula de arrastre permite al mayoritario forzar a los minoritarios a vender sus acciones (Drag Along) y la cláusula de acompañamiento permite al minoritario sumarse a la venta de las acciones del mayoritario (Tag Along).
Sin convenio de accionistas, la transferencia de acciones es libre según prevé la ley, si no se limita o regula la transferencia en el estatuto o en un convenio de accionistas cualquier accionista puede vender sin limitaciones con respecto a quién o a qué precio transfiere sus acciones. Por ejemplo, se podría vender o donar acciones a un competidor, a un empleado, a un familiar, etc. Además, no habría forma de obligar a un accionista a vender sus acciones, lo que puede perjudicar de forma importante al minoritario si aparece un comprador que pretende adquirir el 100% del paquete accionario.
- Opciones de salida y el valor de las acciones.
La posibilidad de salir de la sociedad y hacer líquida la participación es clave para evitar conflictos societarios.
El convenio de accionistas permite pactar opciones de compra y/o venta de acciones, como por ejemplo en el caso de retiro de un accionista, fallecimiento, etc., siendo clave en estos casos establecer una forma de determinar el valor de las acciones. Además, se pueden regular el valor a abonar a un accionista que decide salir de la sociedad ejerciendo su derecho de receso.
Sin convenio de accionistas, el accionista que quiere salir de la sociedad va a tener un único comprador posible: el mayoritario, que además va a pretender pagar un valor por debajo del valor de mercado. Esto en la mayoría de las veces termina en un conflicto judicial iniciado por el minoritario buscando presionar a la sociedad y al mayoritario para que le compre sus acciones a un valor razonable.
- Limitar la actividad en competencia.
La cláusula de no competencia permite limitar la actividad que puedan realizar los accionistas compitiendo con la sociedad. Para que sea efectiva esta cláusula debe establecer claramente cuál es la actividad que se considera competitiva, el plazo, el territorio y una multa.
Sin convenio de accionistas, no hay limitación a que un accionista pueda competir con la sociedad, procurando capturar los mismos clientes y mercado a través de otra sociedad y generando así un daño importante.
En Lapique & Santeugini tenemos amplia experiencia en materia de convenios de accionistas en todo tipo de empresas, desde pequeñas empresas hasta empresas familiares, de tecnología incluso aquellas que desarrollan proyectos inmobiliarios, de infraestructura o energía.
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal o tributario sobre situaciones específicas. Para un análisis de su caso particular, le invitamos a contactar a nuestros profesionales



